MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN.- ACCIONES DE DINAMIZACIÓN «EUROPA INVESTIGACIÓN»

La presente resolución tiene por objeto aprobar la convocatoria para el año 2020 del procedimiento de concesión de ayudas a las acciones de dinamización «Europa Investigación», del Programa Estatal de I+D+i Orientada a los Retos de la Sociedad, en el marco del Plan Estatal de I+D+i 2017-2020.

Las ayudas objeto de esta convocatoria financiarán los gastos necesarios para la preparación y presentación de nuevas propuestas que resulten elegibles, dirigidas a las convocatorias de Horizonte Europa recogidas en el anexo IV.

Las actuaciones de esta convocatoria se realizarán en la modalidad individual y el plazo de ejecución será de 2 años, a contar desde la fecha que se determine en la resolución de concesión. En todo caso, la fecha de inicio del periodo de ejecución no podrá ser anterior a la fecha del inicio del plazo de presentación de solicitudes previsto en el artículo 12 de la convocatoria.

La propuesta a la convocatoria de Horizonte Europa deberá tener un presupuesto solicitado (requested EU contribution) por el conjunto de entidades españolas participantes superior a 2.000.000 € o superior al 25 % del presupuesto total de la propuesta (total requested EU contribution), salvo en el caso de solicitudes de ayudas para la presentación de propuestas individuales. A los efectos del cálculo del porcentaje indicado, solamente se tendrán en cuenta las cantidades solicitadas por los participantes del consorcio, que figuren como tales en la propuesta. La condición de entidad española deberá constar en la propuesta.

Cada una de las ayudas concedidas podrá cubrir total o parcialmente el presupuesto previsto a presentar en las convocatorias de Horizonte Europa, con un límite máximo de 15.000 € en las propuestas de acciones de investigación e innovación (RIA), de acciones de innovación (IA), acciones «Synergy Grants» del ERC y acciones Marie Sklodowska-Curie Doctorates y Staff Exchanges, y de 10.000 € en las propuestas de proyectos individuales al ERC.

El cumplimiento de los requisitos establecidos en los apartados 3 y 4 se revisarán en el momento del seguimiento científico-técnico, según lo dispuesto en los artículos 21.3, 21.4 y 23 de la convocatoria.

Conceptos financiables.

El presupuesto de las actuaciones presentadas incluirá únicamente los costes directos de ejecución, independientemente de la naturaleza jurídica de la entidad solicitante. Las ayudas podrán financiar hasta el 100 % de los costes directos solicitados y podrán ser:

  1. Costes de movilidad
  2. Costes de apoyo y asesoramiento en materia de innovación
  3. Costes derivados de la formación del personal asociado a la actuación
  4. Costes de alquiler de salas, traducción, organización de seminarios
  5. Costes de inscripción en congresos, seminarios, conferencias, jornadas técnicas y similares de la persona que actúe como IP y del equipo
  6. No serán subvencionables las cuotas a sociedades o asociaciones científicas.
  7. El gasto derivado del informe de auditor, que deberá aportarse en la justificación económica, con un límite máximo de 1.200 €
  8. Otros  costes derivados de asesoramiento, realización de estudios, y difusión
  9. No se subvencionarán los costes indirectos

Requirements

Las actuaciones subvencionadas serán ejecutadas por equipos de investigación dirigidos por una persona que actúe como IP, que serán los principales responsables de los objetivos y tareas a desarrollar en la actuación. La persona que actúe como IP será la encargada de la interlocución ante la Agencia, sin perjuicio de aquellas actuaciones que correspondan a la persona que ostente la representación legal de la entidad.

Los requisitos de la persona que actúe como IP y del resto de participantes de la actuación deberán cumplirse el día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el periodo de ejecución de la actuación.

La persona que actúe como IP deberá cumplir los siguientes requisitos:

a) Estar en posesión del grado de doctor/a o de la titulación universitaria de licenciatura, ingeniería, arquitectura o grado.

b) Cumplir el requisito de vinculación según lo establecido en el art. 6.3.b) de la convocatoria

c) No estar contratado/a con cargo a los fondos obtenidos en convocatorias de los planes estatales de I+D+i 2013-2016 o 2017-2020, con excepción de las correspondientes al Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad en I+D+i en las que se requiera estar en posesión del grado de doctor/a, o de las ayudas «Severo Ochoa» y «María de Maeztu» del Programa Estatal de Generación de Conocimiento y Fortalecimiento Científico y Tecnológico del Sistema de I+D+i o el programa estatal equivalente en el periodo 2013-2016, Subprograma Estatal de Fortalecimiento Institucional

d) Cumplir el régimen de compatibilidad, que se establece en el art. 6.3.d)

En las propuestas presentadas la persona que actúe como IP deberá figurar como coordinador del proyecto europeo, salvo en el caso de solicitudes de ayudas para la presentación de propuestas individuales al ERC en las que figurarán como solicitantes

Request

Habrá un único plazo de presentación de solicitudes, desde el día 3 de junio hasta el día 17 de junio de 2020 a las 14:00 horas (hora peninsular española).

El plazo de presentación de solicitudes será único para las acciones a realizar por la persona que actúe como IP y por la persona que ostente la representación legal de la entidad solicitante

Closed

From to

(IRYCIS deadline)

Funding bodyMº CIENCIA E INNOVACIÓN

FundingLo que se solicite

Contact details

En IRYCIS,

Emi Sainz

irycisinformacion(ELIMINAR)@salud.madrid.org

Tef. 913368145

Ana Bofarull

ambofarull(ELIMINAR)@salud.madrid.org

Tef. 913369016