AYUDAS A «PROYECTOS DE GENERACIÓN DE CONOCIMIENTO» DE LA AGENCIA ESTATAL DE INVESTIGACIÓN

Las ayudas a Proyectos de «Generación de Conocimiento» (PGC) financiarán dos modalidades de proyectos:

  1. Proyectos de "Investigación No Orientada". Sin orientación temática definida, motivados por la curiosidad científica, con el objetivo primordial de avanzar en el conocimiento.
  2. Proyectos de "Investigación Orientada". Proyectos orientados a la resolución de problemas concretos y vinculados a las prioridades temáticas asociadas a los grandes desafíos de la sociedad.

Dentro de las modalidades indicadas, los proyectos podrán ser de dos tipos, dependiendo del perfil de IP que lidere el equipo de investigación:

  • Tipo A, liderados por jóvenes investigadores/as. 
  • Tipo B, liderados por investigadores/as consolidados/as. 

Los proyectos, con una duración de alrededor de 3 o 4 años, podrán realizarse de forma individual, con uno/a o dos IP y un equipo de investigación, o de forma coordinada, con varios subproyectos, cada uno de ellos con uno/a o dos IP y un equipo de investigación.

Las actuaciones dirigidas a la formación de personal investigador predoctoral contempladas en esta convocatoria estarán vinculadas de manera unívoca a un proyecto de investigación financiado. 

Requisitos

Podrán ser beneficiarios de las ayudas objeto de esta convocatoria las siguientes personas jurídicas que estén válidamente constituidas y tengan residencia fiscal o establecimiento permanente en España:

  • Organismos públicos de investigación.
  • Universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D.
  • Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud que desarrollen actividades de I+D+i.
  • Institutos de investigación sanitaria acreditados.
  • Centros Tecnológicos de ámbito estatal y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal.
  • Otros centros públicos de I+D+i, con personalidad jurídica propia, que en sus estatutos o en su objeto social o en la normativa que los regule, tengan la I+D+i como actividad principal.
  • Centros privados de I+D+i, sin ánimo de lucro y con personalidad jurídica propia, que tengan definida en sus estatutos o en su objeto social o en la normativa que los regule, la I+D+i como actividad principal.

Los proyectos serán dirigidos por uno o dos IPs que:

  • Estén en posesión del título de doctor/a. Fecha de obtención del grado de doctor/a anterior al 01/01/2022. En el caso de un Centro Tecnológico o un Centro de Apoyo a la Innovación Tecnológica, también podrán ser IP los investigadores/as que sean licenciados/as, ingenieros/as, arquitectos/as o graduados/as y que acrediten experiencia en actividades de I+D+i durante al menos cinco años o que, alternativamente, hayan dirigido proyectos de I+D+i del Plan Nacional de I+D+i 2008 -2011 o de los planes estatales de I+D+i 2013 -2016 o 2017 -2020.
  • Tengan una vinculación relación funcionarial, estatutaria, laboral o cualquier otro vínculo profesional con la entidad solicitante o con otra entidad que cumpla los requisitos.
  • No estar contratado/a con cargo a los fondos obtenidos en convocatorias de los planes estatales de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016, 2017- 2020 o 2021-2023, con excepción de las ayudas correspondientes al Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad en I+D+i en las que se requiera estar en posesión del grado de doctor/a.
  • No incurrir en INCOMPATIBILIDAD con la participación en otros proyectos - revisar detenidamente en la convocatoria.

Los miembros del equipo de investigación y del equipo de trabajo también deben: i) estar en posesión del grado de doctor o de la titulación universitaria de licenciatura, ingeniería, arquitectura o grado; ii) cumplir el reqisito de vinculación; iii) no estar contratado/a con cargo a fondos obtenidos en convocatorias de los planes estatales; iv) no incurrir en incompatibilidad (comprobar criterios en la convocatoria).

Solicitud

La solicitud se realizará a través de la aplicación de solicitud, a la que accederá el/la IP, y la de firma y registro electrónico, a la que accederá la persona que ostente la representación legal de la entidad solicitante. Ambas aplicaciones estarán disponibles en la sede electrónica del ministerio.

Se recomienda leer detenidamente la convocatoria antes de realizar la solicitud. El plazo de solicitud en la FIBioHRC finaliza en 25 de enero. Deben avisarnos con antelación de que van a presentar una solicitud.

Al formulario de solicitud electrónico deberá adjuntarse la siguiente documentación:

  • Memoria científico-técnica del proyecto.
  • Curriculum vitae abreviado (CVA) de los/as IP del proyecto.

IMPORTANTE: ACTUALIZADOS LOS MODELOS DE CVA Y MEMORIA CIENTÍFICO TÉCNICA EL 22/12/2023

Para más información se recomienda visitar el resto de enlaces disponibles, en caso de tener alguna consulta escribir a proyexcyret.solicitud(ELIMINAR)@aei.gob.es

Cerrada

Del al

(Plazos IRYCIS)

FinanciadorMINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN

Datos de contacto

Gabino Criado: gabino.criado(ELIMINAR)@salud.madrid.org / 91 336 9182

Verónica García: vgvegas(ELIMINAR)@salud.madrid.org / 91 336 8145