Integración de nuevos grupos
- Introducción
- Procedimiento de incorporación de nuevas instituciones
- Procedimiento de incorporación de nuevos grupos
Introducción
En elconvenio de colaboración que constituye el vínculo jurídico que da origen a la creación del Instituto Ramón y Cajal de Investigación Sanitaria (IRYCIS) se asientan las bases para la incorporación de nuevos integrantes en el futuro.
Las entidades que suscriben el convenio expresan su compromiso de promover las actuaciones que sean necesarias para la asociación al IRYCIS, como miembros del mismo, de entidades de similar naturaleza que deseen establecer formas de actuación coordinada, a través de un documento donde se expresen las condiciones de la relación, tal como se define en el Real Decreto 339/2004, de 27 de febrero, y la integración de sus investigadores, grupos y equipos de investigación.
La incorporación de nuevos miembros se realizará previa solicitud de los mismos y aceptación expresa de las condiciones de admisión que establezcan, en su caso, los órganos de gobierno del IRYCIS.
La participación de personal de cualquiera de las entidades firmantes en el IRYCIS deberá contar con la aprobación de los órganos de gobierno del IRYCIS y de las instituciones de origen, de acuerdo con los requisitos y condiciones aprobados por éstos, pudiendo para ello solicitar el asesoramiento del Comité Científico Externo.
De igual forma, la revocación del nivel de adscripción de los investigadores o grupos de investigación del IRYCIS se realizará por parte de los órganos de gobierno del mismo.
El personal de las entidades firmantes del convenio mantendrá el régimen jurídico, que en cada caso sea aplicable, en función de la entidad de la que dependan. El personal de las entidades firmantes del presente convenio mantendrá sus derechos y deberes establecidos en la normativa que le sea de aplicación.
El personal de la UA, de la UCM y de la UAM dependerá de la dirección científica del IRYCIS en lo referente a los proyectos de investigación realizados conjuntamente entre personal de las distintas entidades, dentro de las líneas priorizadas en el convenio.
Las tareas desarrolladas en el IRYCIS tendrán a todos los efectos, la consideración de actividad propia en cada una de las instituciones de origen.
De la misma forma que en el caso de las entidades, grupos y equipos de investigación que forman inicialmente parte del IRYCIS, en el momento de su creación, la integración de nuevos miembros abarcará los siguientes niveles:
- A nivel de Gobierno: Quedando representadas todas las entidades que forman parte del IRYCIS, en los órganos de gobierno del mismo.
- A nivel de estructura científica: Mediante el desarrollo de actividades conjuntas entre investigadores y grupos de investigación para potenciar las líneas de investigación del IRYCIS directamente en el contexto hospitalario o a través de los espacios destinados a tal fin.
- A nivel de procesos: Incluyendo, entre otros procesos, el desarrollo de actividades formativas y de formación de investigadores, el uso de infraestructuras de investigación o plataformas tecnológicas de ambas partes y la difusión de las actividades de investigación.
El IRYCIS ha definido los mecanismos y pasos a completar para formalizar en el futuro:
- La integración de nuevas Instituciones.
- La integración de nuevos grupos de investigación (distinguiendo en función de su procedencia entre grupos de instituciones miembro y grupos de nuevas instituciones).
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Procedimiento de incorporación de nuevas instituciones
La incorporación de nuevos miembros se realizará previa solicitud de los mismos y aceptación expresa de las condiciones de admisión que establezcan, en su caso, los órganos de gobierno del IRYCIS.
La incorporación tendrá efecto una vez exista acuerdo y se acepten las condiciones de manera expresa.
Presentación de Solicitud de incorporación al IRYCIS:
El proceso de integración de una nueva institución se inicia con la solicitud formal de incorporación en el IRYCIS. La solicitud consistirá en una memoria descriptiva de la naturaleza y características de la institución que solicita la integración, destacando la existencia de sinergias y objetivos y fines compartidos con el IRYCIS.
En esta memoria deberá incluirse una propuesta de las aportaciones que la nueva institución pondrá a disposición del IRYCIS y su compromiso de cumplir los principales acuerdos recogidos en el convenio de colaboración existente.
Fase de valoración por parte de los órganos consultivos y aprobación por el Consejo Rector del IRYCIS
A continuación se inicia una fase de valoración y en su caso aprobación por parte de los órganos consultivos y de gobierno del IRYCIS en base al siguiente protocolo. El informe de solicitud es dirigido al Director del Instituto que en caso de considerarlo oportuno lo traslada al Comité Científico Externo para su valoración. En caso de que la valoración por parte del CCE sea positiva se pone en conocimiento del Consejo Rector para su aprobación definitiva.
Firma de un convenio de colaboración entre la entidad y el Instituto
Con la aprobación del Consejo Rector se inicia la tramitación de la incorporación que incluye la elaboración de un convenio de colaboración en el que se establezca:
Representación de la nueva entidad en los órganos de gobierno y consultivos del IRYCIS, lo que garantiza su integración a nivel de gobierno. Se determinarán las condiciones en las que representantes de la nueva entidad participarán en el Consejo Rector, Comisión Delegada y Comisión de Investigación.
Definición de los recursos que aporta la nueva entidad: tanto a nivel de los profesionales que se integrarán en el mismo como de los espacios, infraestructuras y servicios de apoyo comunes que se ponen a disposición del IRYCIS.
Definición de los derechos y obligaciones del personal que pasarán a incluirse a todos los efectos como personal del Instituto: El nuevo personal será incluido en los registros de gestión del IRYCIS, en las memorias científicas, y tendrá pleno derecho a la participación en los planes de formación, tutela de grupos emergentes y resto de los planes de acción del instituto. También tendrá derecho al uso de infraestructuras y servicios comunes del Instituto en las mismas condiciones que el resto de personal. En términos generales el nuevo personal deberá asumir los convenios y condiciones de trabajo convenidas por el resto de personal. Deberá adoptar las normas éticas y de buena práctica científica de las que dispone el IRYCIS.
Por su parte la nueva institución se comprometerá a:
- Desarrollar actividades de investigación de manera coordinada con los investigadores y grupos del IRYCIS con el objetivo de reforzar las investigaciones en el ámbito de sus líneas prioritarias.
- Compartir infraestructuras de investigación y otros recursos tanto humanos como materiales.
- Colaborar para la correcta gestión de la investigación desarrollada en el ámbito del Instituto (aporte de datos y documentación).
- Colaborar y participar en la construcción de la oferta formativa propia del Instituto.
La incorporación tendrá efecto una vez exista acuerdo y se acepten las condiciones de manera expresa mediante la firma del correspondiente convenio. No obstante, la entidad mantiene la independencia institucional y patrimonial. Estas condiciones garantizan la integración a nivel de procesos y estructura científica.
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Procedimiento de incorporación de nuevos grupos
Como se ha mencionado anteriormente para la incorporación de nuevos grupos se establecen dos protocolos diferenciados, aunque con pasos comunes, en función del origen del mismo.
Se diferencia entre grupos procedentes de instituciones no pertenecientes al IRYCIS (que en adelante denominaremos grupos externos) y aquellos grupos que pertenecen a entidades integradas en el IRYCIS, pero que inicialmente y por diferentes motivos, no se incluyeron en el Instituto (en adelante grupos internos). En esta categoría se incluyen aquellos grupos surgidos a partir de la escisión de un grupo incluido en el IRYCIS.
La condición necesaria para la incorporación de un nuevo grupo externo es la formalización de un convenio de colaboración entre las entidades que conforman en ese momento el Instituto y la nueva entidad (ver normas de incorporación de nuevas entidades). Una vez firmado el convenio el proceso de incorporación de nuevos grupos es común para los investigadores externos e internos y se describe a continuación.
Incorporación de nuevos grupos internos

En el caso de los grupos internos, serán los coordinadores de áreas de investigación los responsables de establecer la conveniencia de incorporar nuevos grupos o definir la posibilidad de separación de un grupo en varios.
El nuevo grupo deberá aportar para su valoración los datos relativos a su actividad y producción científica realizada en los últimos cinco años, mediante la cumplimentación y envío de la Solicitud de integración.
También se contempla dentro del mismo procedimiento la solicitud de promoción a un nivel de adscripción superior de los grupos en acceso y grupos clínicos colaboradores asociados.
Con este objetivo el IRYCIS cuenta con fichas de interés de incorporación como grupo de investigación al IRYCIS en las que se recoge tanto la información de actividad y producción científica esta información como la composición del grupo (personal investigador) y colaboraciones con otros grupos de investigación. Además se establecen los mecanismos necesarios para la incorporación de estos datos a los registros de personal y datos y actividades.
Esta información será valorada por la Comisión de Investigación quien será responsable de determinar su clasificación como grupo establecido consolidado o emergente y su ubicación en el área científica del Instituto que mejor se adapte a la investigación realizada o a intereses estratégicos.
Como resultado de la valoración del nuevo grupo de investigación se incluirá en una de estas tres categorías:
- Propuesta de incorporación del grupo de investigación al IRYCIS: en caso de que el grupo de investigación cumple la definición de grupo consolidado o emergente de aplicación en el IRYCIS y que su actividad contribuye a reforzar las investigaciones en áreas prioritarias. El informe se acompaña de la propuesta de clasificación como grupo consolidado o emergente.
- Propuesta de incorporación del personal del grupo propuesto como parte de otro grupo de investigación: se considera que el grupo no cumple los criterios básicos de calidad/trayectoria para ser consolidado o emergente y que requiere un mayor grado de madurez que puede ser alcanzado como parte de otro grupo de investigación, consolidando su actividad. El objetivo es su futura escisión como grupo independiente.
- Se desaconseja la incorporación del grupo de investigación al IRYCIS: debido a que sus líneas de investigación no son coincidentes con los intereses del Instituto o por presentar un nivel de madurez insuficiente. En cualquier caso se intentará aportar mecanismos para su futura incorporación al IRYCIS.
Los criterios que permiten la clasificación de un grupo como consolidado o emergente de aplicación en el ámbito del IRYCIS han sido ya descritos y se han incluido en el documento “Plan de Tutela a grupos emergentes”.
El dictamen resultante del análisis realizado por la Comisión de Investigación se comunicará al Comité Científico Externo para su discusión y sus recomendaciones se elevarán al Consejo Rector para su aprobación definitiva.
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Revisiones anuales de la estructura en cuanto a grupos de Investigación del IRYCIS
Para garantizar la integración de los grupos de investigación que forman parte del IRYCIS así como la de posibles nuevas incorporaciones con carácter anual se realizará una revisión orientada a establecer la conveniencia de redefinir la composición de los grupos, revisar su designación como grupo consolidado o emergente, la reubicación de los mismos, si procede, en los diferentes niveles de adscripción y su clasificación dentro de las diferentes líneas o áreas de investigación.
La revisión anual de grupos es realizada inicialmente por la Comisión de Investigación del IRYCIS quien informará de la propuesta de modificaciones al Comité Científico Externo (CCE) quien la estudiará y valorará emitiendo un informa. Una vez superada la valoración de los órganos consultivos, la propuesta se presenta al Consejo Rector para su aprobación definitiva.
Con la aprobación del mismo, el grupo de investigación pasa a integrarse en la estructura del IRYCIS en las mismas condiciones en cuanto a derechos y obligaciones que el resto de grupos del Instituto.
Pérdida de condición de pertenencia al nivel de "grupo establecido"
Entre las funciones de la Comisión de Investigación se recoge la evaluación anual de los grupos de investigación en base a sus actividades y a los resultados obtenidos como consecuencia de las mismas.
En base a los resultados de esta evaluación se realiza una revisión de la categoría de cada uno de los grupos de investigación con un protocolo de revisión diferenciado para grupos consolidados y emergentes:
Revisión de grupos emergentes:
Con carácter anual y a la vista de las características del grupo y a los resultados alcanzados se comprueba si cumple los requisitos necesarios para considerarlo grupo consolidado.
- En caso afirmativo, alcanza la categoría de grupo consolidado.
- En caso negativo, se le concede un período de 3 años para alcanzar los objetivos propuestos y poder acceder a la categoría de grupo consolidado. En caso de no alcanzar dicha categoría en el período propuesto, el grupo descenderá a un nivel de adscripción inferior (en acceso o asociado colaborador).
Revisión de grupos consolidados:
Con carácter quinquenal se realiza una revisión de los resultados alcanzados por cada uno de los grupos consolidados con el objetivo de conocer si mantiene el nivel científico necesario para considerarse grupo consolidado cumpliendo la definición vigente en el ámbito del IRYCIS.
- En caso afirmativo de cumplir con los requisitos necesarios para considerarse grupo consolidado, mantiene su categoría.
- En caso negativo, el grupo descenderá a un nivel de adscrpción inferior (en acceso o asociado colaborador).
Tras la revisión de grupos de investigación del Instituto por parte de la Comisión de Investigación, ésta elabora un informe incluyendo la propuesta de modificaciones y su impacto en la estructura científica. Se incluye la propuesta de altas y bajas de grupos de investigación, como los posibles cambios de nivel de adscripción.
El Comité Científico Externo informado de esta propuesta da su visto bueno a los cambios producidos pudiendo incluir todas aquellas consideraciones que crea oportunas.
Finalmente, el informe revisado es presentado al Consejo Rector, quien es el encargado de aprobarlo, siendo efectivos los cambio a partir de la fecha de aprobación por el mismo.

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